Por: Jesús Manuel Ramos Montiel, socio en Agon Economía | Derecho | Estrategia
A finales del año pasado, la Cofece hizo pública la presentación de su primera acción colectiva en contra de distribuidores de medicinas que fueron hallados responsables de manipular el precio de venta y limitar la cantidad que surtían a las farmacias. La Cofece calculó daños por más de 2,000 millones de pesos.
La institución anunció la presentación de más acciones colectivas en el futuro, impulso que parece haber sido tomado en cuenta en la iniciativa de nueva ley de competencia presentada por el Diputado Alfonso Ramírez Cuellar de Morena que, entre otras cosas, dará vida a la autoridad que sustituirá a la COFECE.
La iniciativa plantea cambios que buscan facilitar la presentación y trámite de las acciones colectivas para incrementar su efectividad y reducir obstáculos procesales.
Adicionalmente, hace unos días, se hizo público un texto de la que sería otra iniciativa de ley de competencia pero a ser presentada por el Poder Ejecutivo Federal; sin embargo, no se ha presentado formalmente ante el Poder Legislativo Federal. Este documento claramente comparte el espíritu de la iniciativa del Diputado Ramírez Cuellar.
Entre los cambios que se proponen destacan dos:
- Momento para presentar una acción colectiva.
- Prescripción de la acción.
La flexibilización de estos aspectos sin duda facilitará que las empresas halladas responsables de prácticas monopólicas sean demandadas por la nueva autoridad de competencia en el futuro cercano.
Momento para presentar una acción colectiva
Una de las interpretaciones actuales consiste en que solo es posible promover una acción colectiva en el momento en que se cuente con una resolución firme. Es decir, una demanda de acción colectiva puede interponerse una vez que las personas halladas responsables de cometer prácticas monopólicas agoten los medios de defensa que la ley prevé (p.e. el juicio de amparo).
La iniciativa presentada propone que, para poder promover una acción colectiva, sea suficiente con que el Pleno de la autoridad haya dictado la resolución definitiva del procedimiento seguido en forma de juicio, sin que sea necesario esperar a que quede firme.
Prescripción de la acción
La regulación actual de las acciones colectivas prevé que éstas prescriben a los 3 años y 6 meses contados a partir del día en que se haya causado el daño. Esto se ha interpretado en el sentido de que la prescripción de las acciones colectivas corre de manera independiente a los tiempos que rigen las investigaciones y el dictado de las resoluciones de la autoridad de competencia.
La iniciativa presentada pretende que la prescripción de las acciones colectivas se interrumpa con la publicación del aviso de inicio de investigación por parte de la autoridad de competencia. Esto evitaría una interpretación como la que se ha sostenido hasta ahora y permitiría que la autoridad de competencia resuelva la responsabilidad de las personas investigadas en el tiempo necesario, sin que ello afecte la viabilidad de una potencial demanda de acción colectiva.
Impactos potenciales sobre las empresas responsables de violar la ley de competencia
De aprobarse estos cambios, seguramente veremos a la nueva autoridad de competencia tomando un rol mucho más activo promoviendo acciones colectivas derivadas de las resoluciones que emita.
Esto generará contingencias que pueden llegar a ser de gran magnitud para las empresas halladas responsables pues podrían recibir condenas para pagar por los daños derivados de las resoluciones emitidas en materia de competencia, pero también para pagar daños punitivos que buscan no solo la reparación de los daños causados, sino también disuadir a las empresas de cometer nuevas prácticas ilegales en el futuro.
Tomemos como referencia que, con las reglas actuales, se han dado casos en los que la colectividad ha llegado a formarse con cerca de 5,000 consumidores demandando a las empresas para que paguen una indemnización por daños para cada consumidor afectado, más el pago de un 20%.
Es importante dar seguimiento a la discusión legislativa para conocer la manera en que se dará nueva forma al régimen de acciones colectivas, específicamente, en materia de competencia económica.