El aumento de 20% al salario mínimo autorizado para este año no ha resultado tan benéfico para los trabajadores. Esto debido a que las tablas de los subsidios fiscales para el están rebasadas y ya no aplican.
Sin el subsidio, este año los trabajadores que ganen un salario mínimo deberán pagar un Impuesto sobre la Renta (ISR) de 594.1 pesos al mes. Vale la pena señalar que el año pasado no pagaron nada, por lo que organizaciones empresariales y sindicales han pedido la actualización de las tablas de subsidios.
Es justo recordar que este 2024, el salario mínimo aumentó a 248.93 pesos al día. Esto equivale a 7,467.90 pesos al mes. Mientras tanto, en 2023 el pago mínimo era de 207.44 pesos diarios o 6,223.20 pesos al mes.
Cabe señalar que, en un decreto de 2014, se establecieron los niveles de subsidio fiscal dependiendo del salario del trabajador. El máximo salario para el que se contempla un apoyo es de 7,382.33 pesos mensuales; es decir, por debajo del salario mínimo del 2024.
De acuerdo con el Colegio de Contadores Públicos de México, la tabla de subsidios no se actualiza cada año, como sí lo hacen las tasas de ISR, debido a que se trata de un decreto presidencial y no una ley.
Por ello es por lo que, la única forma en que se podrían actualizar los subsidios es a través de la emisión de un nuevo decreto, o a través de una reforma a la Ley del ISR para modificar las cuotas dependiendo del impuesto conforme al nivel del ingreso.
Piden modificación de tabla de subsidio fiscal para el empleo
Por el momento, organizaciones empresariales, sindicales y fiscalistas han demandado a las autoridades la actualización de la tabla de subsidios. Estos actores argumentan que, si se cobra el ISR completo a los trabajadores del salario mínimo, el fisco se estaría “comiendo” todo el aumento en el cobro de impuestos.
De hecho, la Confederación de Trabajadores de México (CTM) había dicho que se iba a anunciar una reducción del impuesto al salario mínimo el primero de marzo. No obstante, hasta ahora ninguna autoridad ha informado de una baja del impuesto o de la actualización de las tablas de subsidio.
De acuerdo con el Colegio de Contadores Públicos de México, las tablas de subsidio han quedado rebasadas, y el Artículo 96 de la Ley del ISR establece que los patrones no pueden retener mensualmente este impuesto a quienes ganen un salario mínimo.
De esta forma, solo les quedaría hacer una retención anual, pero esto no sería práctico. Por ello, lo más lógico es que se elimine la limitación para que el patrón haga la retención mensual sobre un salario mínimo.