CDMX Ciudad de México
Crédito Luis Domínguez vía Unsplash

AMVITUR pide al Poder Judicial revisar la regulación de viviendas turísticas en CDMX

AMVITUR consideró que la regulación debe brindar certeza jurídica y elevar los estándares del sector sin imponer requisitos que, en su opinión, resulten contradictorios o incentiven la informalidad.
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La Asociación Mexicana de Viviendas Turísticas (AMVITUR) solicitó al Poder Judicial de la Ciudad de México considerar las inconsistencias normativas que, a su juicio, enfrenta el sector de las viviendas turísticas al analizar los casos relacionados con la regulación de esta actividad. El organismo sostuvo que las disposiciones actuales generan incertidumbre jurídica para los anfitriones y pueden afectar principios como la legalidad, la seguridad jurídica y la proporcionalidad.

El director general de AMVITUR, Sean Cázares Ahearne, explicó que uno de los principales obstáculos se encuentra en el artículo 61 Sexies de la Ley de Turismo de la Ciudad de México. Esta disposición establece que los anfitriones con cuatro o más inmuebles registrados deben inscribir una clave de establecimiento mercantil emitida por el Sistema Electrónico de Avisos y Permisos de Establecimientos Mercantiles (SIAPEM), la cual debe corresponder a alguno de los giros permitidos y ser compatible con el uso de suelo habitacional.

Sin embargo, la asociación señaló que ni la Ley de Establecimientos Mercantiles ni el propio SIAPEM contemplan una clasificación específica para las viviendas turísticas o estancias turísticas eventuales. En cambio, las categorías existentes corresponden a hoteles, moteles o desarrollos de tiempo compartido, establecimientos que cuentan con servicios e infraestructura distintos a los de una vivienda destinada al alojamiento temporal.

De acuerdo con AMVITUR, esta situación coloca a los anfitriones ante la obligación de cumplir con un trámite que el marco legal no define de manera clara, lo que dificulta el cumplimiento de la normativa.

El organismo también cuestionó otra disposición del mismo artículo, que impide renovar el registro de los inmuebles cuya ocupación supere el 50% de las noches del año. A su consideración, este límite afecta la viabilidad económica de la actividad, ya que una vivienda que opera conforme a la ley podría perder su registro simplemente por alcanzar un nivel elevado de ocupación.

AMVITUR sostuvo que la regulación debería enfocarse en supervisar aspectos como la seguridad, la convivencia vecinal y el cumplimiento de las obligaciones legales, en lugar de sancionar el porcentaje de ocupación de los inmuebles.

Como referencia, la asociación citó el caso de Edimburgo, donde un sistema de licencias para alquileres de corta estancia fue posteriormente ajustado tras una consulta pública. Según indicó, las autoridades mantuvieron requisitos relacionados con seguros y revisiones de seguridad, pero flexibilizaron las cargas administrativas al detectar efectos sobre la oferta de alojamiento y los costos para visitantes.

Asimismo, señaló que el límite de ocupación también tendría implicaciones para la competitividad turística de la capital. Con datos de la Secretaría de Turismo, indicó que entre 2024 y 2025 la Ciudad de México pasó del primer al segundo lugar nacional en turistas que pernoctan, al registrar una disminución de 4.7% en visitantes. Además, entre enero y mayo de 2026 las divisas turísticas sumaron 15,869 millones de dólares, 0.4% menos que en el mismo periodo del año anterior.

Ante este panorama, AMVITUR consideró que la regulación debe brindar certeza jurídica y elevar los estándares del sector sin imponer requisitos que, en su opinión, resulten contradictorios o incentiven la informalidad, con el fin de fortalecer el desarrollo turístico de la Ciudad de México.